Reducción del 50% del impuesto de la contribución

Bonificación de la contribución territorial (I.B.I) Para bienes inmuebles en los que se haya instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar o de otras energías renovables, dentro del término municipal de pamplona.


Requisitos

  • Que dichas instalaciones cuenten con la oportuna licencia municipal o declaración responsable
  • Si son instalaciones para la producción de calor,que incluyan colectores con la correspondiente homologación de la administración competente
  • Que las rentas del sujeto pasivo,excluidas las exentas,no superen cuatro veces el SMI

Características de la bonificación

  • El porcentaje de bonificación será del 50% tanto en inmuebles de uso residencial como de uso distinto al residencial,siendo los propietarios del inmueble los beneficiarios
  • El importe de la bonificación anual no podrá exceder del 30% del coste de ejecución material de la instalación
  • Disfrutarán de una bonificación del impuesto, durante los tres periodos impositivos siguientes a la finalización de la instalación
  • No se aplicará la bonificación cuando los sistemas de aprovechamiento de energía sean obligatorios por la normativa vigente
  • Los inmuebles en régimen de propiedad horizontal que instalen servicios compartidos podrán recibir bonificaciones si cumplen los mismos requisitos. Esta bonificación se aplica sólo a los pisos y locales conectados a la instalación, ya sea para uso residencial o no residencial.

Plazos

La bonificación podrá solicitarse en cualquier momento anterior a la terminación del periodo máximo de disfrute la misma,y surtirá efectos,en su caso,desde el periodo impositivo siguiente a la finalización de la instalación

Lugar de presentación solicitudes

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, (C/ Mayor nº 2, planta baja – Palacio del Condestable), en sus registros auxiliares o en cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas