Ayudas a pequeños municipios, a entidades locales menores y a núcleos de población separados del municipio principal
Estas ayudas tienen como objeto contribuir a la suficiencia financiera de las Entidades Locales de La Comunidad Autónoma de La Rioja, mediante la cooperación a la financiación de las obras y servicios de competencia municipal.
Plazo: ABIERTO: 27/06/24 – 15/11/24
Beneficiarios:
- Los municipios de Comunidad Autónoma de La Rioja que no superen los 300 habitantes.
- Entidades Locales Menores, las cuatro reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
- Los núcleos de población separados del municipio principal con la población suficiente para integrarse en el consejo de Pequeños Municipios.
Actuaciones subvencionables:
Las actuaciones subvencionables deberán destinarse a financiar inversiones vinculadas directamente a la prestación de servicios. Se excluyen las inversiones relativas a la creación, mejora o mantenimiento de caminos rurales u otras infraestructuras agrarias.
Por otro lado, por primera vez, las cuantías recibidas se podrán destinar a financiar gastos de alumbrado público y limpieza viaria.
Gastos subvencionables:
- Gastos por contratos de servicios de redacción de proyectos técnicos.
- Gastos por contratos de servicios de dirección de obra, siempre y cuando correspondan a obras que cumplan los requisitos establecidos.
- Facturas por los gastos mencionados emitidas en el período señalado.
- Gastos de contratos de servicios de redacción de proyectos técnicos que, aunque correspondan a obras cuya ejecución no se haya iniciado antes de la fecha de presentación de la solicitud, los respectivos proyectos hayan obtenido el informe favorable.
No se tomarán en consideración las inversiones cuyo coste, incluido el IVA, sea inferior a mil euros, sin que para alcanzar este límite puedan sumarse diversas facturas, salvo cuando correspondan a un mismo contrato.
Condiciones de actuaciones:
No se tomarán en consideración a efectos de la subvención las inversiones cuyo coste, incluido el IVA, sea inferior a mil euros, sin que para alcanzar este límite puedan sumarse diversas facturas, salvo cuando correspondan a un mismo contrato.
Cuantía máxima de las ayudas:
Cuantía máxima | Cuantía máxima a percibir por beneficiario | |
Pequeño municipio | 1.254.000 |
11.000€
|
Entidad Local menor | 44.000 | |
Núcleo de población | 335.000 | 5.075,76 |
Plazo:
- Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 27 de junio hasta el 15 de noviembre de 2024.
- Plazo de ejecución de actuaciones: Solamente se subvencionan inversiones realizadas total o parcialmente entre el 1 de enero y la fecha de solicitud.
Procedimiento de concesión:
En régimen de concurrencia no competitiva, mediante reparto, con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 7 de la orden reguladora.
Como empresa de ingeniería y consultoría independiente, en Nasei Ingeniería estamos comprometidos a guiarte a lo largo de todo el proceso de tramitación de las ayudas, desde la solicitud hasta la concesión y la posterior justificación. ¿Necesitas más información o asesoramiento personalizado? No dudes en contactar con nosotros para obtener más detalles sin ningún compromiso.