Abierta el plazo para solicitar las ayudas para la descarbonización del sector residencial
Estado: Abierto desde 4/02 – 03/04
Beneficiarios
- Personas físicas
- Comunidades de propietarios
- Agrupaciones de personas físicas
- Cooperativas de viviendas
¿Cuáles son las actuaciones subvencionables para la descarbonización del sector residencial?
Instalaciones aerotérmicas aire – agua
- Valor de ayuda máxima por instalación individual: 4.000 euros.
- Valor de ayuda máxima por instalación colectiva: 100.000 euros.
Instalación Solar Térmica
- Valor de ayuda máxima por instalación individual: 2.700 euros.
- Valor de ayuda máxima por instalación colectiva: 54.000 euros.
Instalaciones Biomasa
- Valor de ayuda máxima por instalación individual: 4.000 euros.
- Valor de ayuda máxima por instalación colectiva: 100.000 euros.
Instalaciones geotérmicas de circuito cerrado
- Valor de ayuda máxima por instalación individual: 18.000 euros.
- Valor de ayuda máxima por instalación colectiva: 36.000 euros.
Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas de circuito abierto
- Valor de ayuda máxima por instalación individual: 12.800 euros.
- Valor de ayuda máxima por instalación colectiva: 25.600 euros.
Conexión a red de calor
- Valor de ayuda máxima por instalación individual: 400 euros.
- Valor de ayuda máxima por instalación colectiva: 30.000 euros.
Requisitos de la solicitud:
El plazo para la presentación de las solicitudes para la descarbonización será de cuatro meses, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el mismo día en que se produjo la publicación en el mes de vencimiento o, en su caso, cuando se agotara el presupuesto autorizado.
Las solicitudes de ayuda cumplirán los siguientes requisitos:
- Se presentarán telemáticamente a través de la ficha de ayudas del Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es (en adelante, la ficha de las ayudas).
- Si la solicitud se realice en representación de una persona física o jurídica, deberá acreditarse las facultades de representación.
La documentación que debe presentarse al tramitar la solicitud, en documentos separados y debidamente identificados.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través de la ficha
correspondiente del catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet
www.navarra.es
Mas información aquí
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