Ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes del sector terciario.

La finalidad es contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de reforma de edificios existentes, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables.

Pendiente de convocar


 

Beneficiarios:

Edificios del sector terciario de titularidad privada. Entre los usos afectados de encuentran los siguientes: el administrativo, sanitario, comercial, residencias de mayores, docente, cultural, recreativo, restauración, transporte de personas, deportivo y religioso.

  • Autónomos
  • Propietarios de edificios
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios
  • Empresas de servicios energéticos ESEs
  • Comunidades de energías renovables
  • Comunidades de propietarios de edificios

Se excluyen:

  • Alojamientos turísticos, el sector público y las instalaciones de energía solar fotovoltaica ya que cuentan con otra línea de financiación propia.
  • Edificios de nueva construcción, ampliaciones y cambio de uso del edificio.

Actuaciones subvencionables:

Actuación 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

Actuación 2. Mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas.

  • 2.1. Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.
  • 2.2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
  • 2.3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  • 2.4. Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las subtipologías 2.1. y 2.3.

Actuación 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

Actuación 4. Sustitución de aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia con etiquetado energético.

Actuación 5. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones frigoríficas.

Actuación 6. Sistemas de automatización y control.

Actuación 7. Mejora de la eficiencia energética de la climatización en los centros de procesos de datos.

Requisitos:

Se deberá justificar mediante auditoría energética, una reducción del 10% consumo de energía final y de las emisiones de CO2.

Dado el carácter incentivador, solo se admitirán actuaciones por parte de los destinatarios últimos de las ayudas realizadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.

Cuantías:

Presupuesto para Navarra: 1.405.704 €

En la convocatoria publicada por el Gobierno Foral de Navarra en el BON se establecerán las cuantías de la ayuda y del coste elegible máximo y mínimo de las actuaciones.

Plazos:

Solicitud: Pendiente de convocar.

Ejecución de las actuaciones: plazo de 18 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.

Justificación: plazo de 3 meses desde la finalización del plazo máximo concedido para la ejecución de las actuaciones.

Vigencia: hasta el 31 de diciembre de 2024.

Procedimiento:

Las actuaciones objeto de ayuda serán seleccionadas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.

Compatibilidad:

Las ayudas otorgadas en este programa serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma finalidad, por cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada.

 

Enlaces y documentación:

Normativa: Proyecto de Real Decreto

Dónde tramitar las ayudas: pendiente de publicar las bases reguladoras

 

 

 

 


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