El propósito del programa de ayudas es estimular iniciativas que promuevan el uso de energías renovables a través de la instalación de sistemas de autoconsumo (fotovoltaico y eólico) en hogares de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Beneficiarios:

  1. Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica
  2. Comunidades de propietarios residenciales

Actuaciones subvencionables:

  • Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable en el sector residencial de la CAE.
  • Realización de instalaciones aisladas de la red

Requisitos:

  •  La previsión de la suma de la energía eléctrica consumida por parte del consumidor o consumidores asociados a la instalación de autoconsumo debe ser igual o superior al 80% de la energía anual generada por ésta.
  • Las instalaciones deberán contar con un sistema de monitorización de la energía  eléctrica producida por la instalación objeto de subvención

Costes subvencionables:

Se consideran costes subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para la realización de la actuación subvencionable y sean imprescindibles para el cumplimiento de los objetivos perseguidos por el Programa.

Cuantías:

La subvención máxima a percibir se corresponderá con los 25 kW de potencia de la  instalación. Se permite la instalación de potencias superiores a este límite, pero en ningún  caso podrán percibir ayuda por la potencia que supere los 25 kW indicados.

Cuantí de ayudas dependiendo de la instalación según potencia, módulo de ayuda y módulo de ayuda de autoconsumo colectivo

Plazos:

  • Fecha límite de presentación de solicitudes: 31 de octubre de 2024
  • Fecha límite de ejecución de actuaciones: 31 de diciembre de 2024
  • Fecha límite de Justificación y pago de actuaciones: 15 de enero de 2024

Presupuesto total:

8.500.000 €

Procedimiento de concesión:

Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos

Compatibilidad:

Las ayudas a percibir por los beneficiarios, serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Enlaces y documentación:

Normativa: 2401775a.pdf (euskadi.eus)