El Gobierno de Navarra ha aprobado la Resolución 402E/2023 de 1 de diciembre  por la que se aprueban las » Ayudas para entidades sin ánimo de lucro para la transición energética 2024″. 

Plazo de solicitud: 19 de febrero de 2024.

La finalidad de esta convocatoria de ayudas es contribuir a alcanzar los objetivos previstos alineados con el Plan Energético de Navarra Horizonte 2030, en la  actividad  diaria  de  las  entidades  sin  ánimo  de  lucro de Navarra.

Beneficiarios:

  • Entidades sin ánimo de lucro registradas en Navarra y cooperativas de iniciativa social de Navarra. 
    • Registradas según el RD 949/2015 (Registro Nacional de Asociaciones) y cumplan con carácter de ánimo de lucro.
    • Cooperativas de iniciativa social registradas en Registro de Cooperativas de Navarra
    • Centros Especiales de Empleo sin ánimo de lucro registrados y 2 años funcionando.

Actuaciones subvencionables:

Código medida Medida
 1   Renovación de las instalaciones existentes de alumbrado interior en edificios.
2   Inversiones en instalaciones de energías renovables
3   Redacción proyecto EE

No se considerarán gastos subvencionables

  • Los gastos financieros consecuencia de la inversión.
  •  El  IVA  cuando  el  mismo  sea  susceptible  de  recuperación  o  compensación  por  la beneficiaria, la cual deberá indicarlo en su solicitud.

Cuantías:

ACTUACIÓN AYUDA (%) AYUDA MAX(€)
Renovación alumbrado interior 60 10.000
Inversiones en energías renovables 30 10.000
Redacción proyecto EE 80 5000
  • Ayuda adicional de 5% por adoptar en 2024 medidas para la promoción de igualdad entre mujeres y hombres y no haberse beneficiado de esta bonificación en años anteriores.
  •  En el caso de entidades con 50 o más personas empleadas, no se valorarán los planes de igualdad por ser obligatorios según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Plazo:

Solicitud: El plazo de presentación de solicitudes estará abierta desde el 18 de enero de 2024 hasta el 19 de febrero de 2024.

Realización de las actuaciones:Entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de octubre de  2024.  Se  entenderá  que  la  actuación  está  ejecutada  cuando  los  gastos  se  hayan facturado y pagado en dicho periodo

Procedimiento de concesión:

El proceso de concesión de ayudas es competitivo. Se evaluarán las solicitudes según criterios definidos en el Anexo II de las bases de la convocatoria. Las ayudas se asignarán a las solicitudes mejor valoradas hasta agotar el presupuesto asignado a cada medida:

Medida Crédito presupuestario
1 25.000€
2 25.000€
3 10.000€

Si hay suficiente presupuesto, no se realizará una prelación.

Obligaciones:

Las obligaciones de las entidades beneficiarias son:

  • a) Presentar declaración telemática sobre transparencia en un mes desde la notificación.
  • b) Realizar y justificar las actuaciones subvencionadas según plazos establecidos.
  • c) Mantener la propiedad de la inversión por al menos 2 años desde la resolución de abono.
  • d) Comunicar al órgano gestor cualquier renuncia a las ayudas concedidas.
  • e) En caso de edificios arrendados, justificar su uso por al menos 5 años.
  • f) Cumplir con obligaciones específicas detalladas en el Anexo II.
  • g) Observar las obligaciones generales establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones.

Compatibilidad:

Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra para los mismos gastos subvencionables. 

En casos de subvenciones compatibles de otros entes públicos o privados, el total no puede superar el costo de la actividad desarrollada por la beneficiaria, ya sea de manera individual o combinada.

Enlaces y documentación:

Normativa:  https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/subvenciones-a-entidades-sin-animo-de-lucro-para-la-transicion-energetica-2024

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