Programa de incentivos ligados a la Movilidad Eléctrica, MOVES III.
Plazo de solicitud abierto
Beneficiarios:
- Autónomos
- Particulares
- Comunidades de propietarios
- Personas jurídicas
- Entidades locales
Actuaciones subvencionables:
Actuación 1. Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible. Subvencionable la compra o financiación por leasing o renting de vehículos nuevos. Categorías M1, N1, L3e, L4e y L5e.
Actuación 2. Implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. La infraestructura de recarga de vehículos eléctricos podrá ser tanto de acceso público como de uso privado.
Requisitos:
El límite de ayuda será de cincuenta vehículos por destinatario último y año.
Cuantías:
Programa de incentivos 1:
La cuantía de la ayuda varía en función de la motorización, la autonomía y el achatarramiento:
- Coches (M1): entre 2.500 y 7.000 euros
- Furgonetas y camiones (N1): entre 7.000 y 9.000 euros
- Motos (L): entre 1.100 y 2.000 euros
La ayuda se incrementará en un 10% en los siguientes casos:
- Personas con discapacidad con movilidad reducida.
- Residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- Vehículos destinados a taxi.
Programa de incentivos 2:
Plazos:
Solicitud: plazo abierto hasta el 31 de diciembre de 2023.
Resolución de concesión: en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Justificación: en un plazo máximo de 12 meses desde la notificación de la resolución de concesión.
Procedimiento de concesión:
Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos, en cuyo caso, siempre que no hubiera expirado la vigencia de los programas, podrán seguir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional, que serán atendidas.
Incompatibilidad:
Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones, entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Enlaces y documentación:
Normativa:
- Extracto de la convocatoria, por la que se aprueban las ayudas en La Rioja (Publicado en el BOR el 11/10/2022)
- Resolución 1259/2021, de 8 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras en La Rioja
- Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por lo que se aprueban las bases reguladoras (Publicado en el BOE el 14/04/2021)
Dónde tramitar las ayudas: telemáticamente en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja
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