Transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario.

Plazo de solicitud abierto


 

Beneficiarios:

a) Personas físicas o jurídicas que sean titular de algunas de las siguientes autorizaciones en Navarra:

  • De transporte público de mercancías habilitante para transporte de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima con la clave MDPE.
  • De transporte público discrecional de viajeros en autobús con la clave VDE.
  • De transporte privado complementario de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima con la clave de VPCE.
  • Autonómica de transporte público de mercancías con clave MDLE con autorización de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima.

b) Personas jurídicas privadas que presten servicio público de transporte urbano en autobús.

Actuaciones subvencionables:

Actividad 2. Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.

Actividad 4. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Requisitos:

  • Las empresas de más de 50 personas en plantilla deberán contar con un Plan de Igualdad registrado, conforme a lo previsto en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre.
  • Dado el carácter incentivador solo se admiten actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.

Cuantías:

Actividad 2: el importe de la subvención es en función de la categoría del vehículo, la tecnología de motorización y tipo de destinatario.

  • Categoría M: entre 14.000 € y 200.000 €.
  • Categoría N: entre 2.500 € y 190.000 €

Actividad 4: entre 10.000 € y 70.000 € según la potencia (kW) del punto de recarga.

Plazos:

Plazo de Solicitud:

  • Actividad 2: abierto hasta el 30 de abril de 2024.
  • Actividad 4: abierto hasta el 31 de diciembre de 2023.

Resolución de concesión: en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Justificación: en un plazo de 18 meses desde la fecha de notificación de la concesión de la ayuda.

Resolución de abono: en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de presentación de la justificación.

Procedimiento de concesión:

Las actuaciones objeto de la ayuda serán atendidas por riguroso orden de presentación en régimen de evaluación individual hasta el agotamiento de los fondos.

Incompatibilidad:

Estas ayudas no son compatibles con otras subvenciones que pudieran concederse para la misma finalidad, procedente de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

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Enlaces y documentación:

Normativa: Resolución 84E/2022, de 27 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria en Navarra.

Dónde tramitar las ayudas: Portal de Ayudas y Subvenciones del Gobierno de Navarra.

 

 


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