Deducciones fiscales por inversiones en instalaciones de energías renovables, vehículos eléctricos y sistemas de recarga.

En plazo para la aplicación del Impuesto de la Renta para las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto de Sociedades (IS).


 

Beneficiarios:

  • Particulares
  • PYME y Gran Empresa
  • Autónomos

Actuaciones subvencionables:

  1. Instalaciones de energías renovables.
    • Producción eléctrica solo para autoconsumo.
    • Producción térmica.
  2. Compra de vehículos «verdes» nuevos (motocicletas y bicicletas incluidas).
    • Vehículos eléctricos puros.
    • Vehículos híbridos.
  3. Instalación de infraestructura de recarga.

Requisitos:

Tener el domicilio fiscal y tributar en la Comunidad Foral de Navarra.

Deducciones:

Instalaciones de energías renovables:

15% de deducción con carácter general con una deducción máxima acumulada de 30%.

  • + 10% si no genera emisiones de gases de efecto invernadero.
  • + 10% si lleva almacenamiento.
  • + 5% si es microrred con dos fuentes de EERR.
  • + 5% si es comunidad de vecinos.
  • + 5% en instalaciones térmicas conectadas a calefacción/ ACS.

Compra de vehículos

  • 30% de deducción en vehículos eléctricos puros.
  • 5% de deducción en vehículos híbridos.

Instalación de infraestructura de recarga

  • 15% de deducción si la potencia es inferior a 7,4 kW.
  • 17% de deducción si la potencia es entre 7,4 kW y 22kW.
  • 20% de deducción si la potencia es entre 22 kW y 50kW.

Plazos:

Solicitud del informe acreditativo: no hay plazo, se puede solicitar a lo largo de todo el año. Pero hay que tener en cuenta que se debe presentar en la campaña de declaración correspondiente al ejercicio fiscal.

Presentación de informe acreditativo: en la campaña de Renta (de abril a junio).

Ejecución de las actuaciones: plazo del 1 de enero al 31 de diciembre.

Ejercicio fiscal para aplicar la deducción:

IRPF: la deducción se aplica en el ejercicio fiscal en el que la instalación ha sido facturada.

Impuesto de Sociedades (IS): la deducción se aplica cuando se produce la entrada en funcionamiento del bien, es decir, en el ejercicio fiscal en el que la instalación ha sido dada de alta en el registro de instalaciones de baja tensión o en el registro de instalaciones térmicas del Gobierno de Navarra, según corresponda.

Cómo solicitar el informe acreditativo:

Instalaciones de energías renovables:

En necesario disponer de un informe emitido por el Servicio de Transición Energética.

Procedimiento:

  1. Instancia al Servicio de Transición Energética
  2. Documentación necesaria para la solicitud:
    • Solicitud
    • Factura desglosada
    • Justificación de pago bancario
    • Fotos
    • Registro de instalaciones de BT o térmicas, si procede
    • Fichas técnicas

Compra de vehículos

No es necesario informe. Se adjunta factura, pago y ficha técnica cuando se va a realizar el impuesto correspondiente.

Instalación de infraestructura de recarga

Es necesario disponer de un informe emitido por el Servicio de Transición Energética.

Procedimiento:

  1. Solicitud por registro al Servicio de Transición Energética
  2. Documentación necesaria para la solicitud:
    • Solicitud
    • Factura desglosada
    • Justificante de pago
    • Fotos
    • Registro de instalaciones de Baja Tensión

 

Enlace al portal de solicitud:

Preguntas frecuentes

 

 


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