Ayudas al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.

Plazo de solicitud abierto


 

Beneficiarios:

Beneficiarios de los programas de incentivos 1, 2 y 3:

a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realice una actividad económica, incluyendo, entre otros:

  • Gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias en actuaciones de energía.
  • Empresas de servicios energéticos (ESEs).

b) Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.

Destinatarios del programa de incentivos 1. Empresas con CNAE 2009 del grupo G, H, I, J, K, L, M, N, O, R y S, siempre que no sean administraciones públicas.

Destinatarios del programa de incentivos 2:

  • Empresas con CNAE A01 (excepto 017), B, C, D, E o F.
  • Sector público institucional.
  • Entidades u organizaciones privadas sin ánimo de lucro, que realicen alguna actividad económica.

Destinatarios del programa de incentivos 3. Mismas empresas con CNAE 2009 de los destinatarios de los programas de incentivos 1 y 2.

Beneficiarios de los programas de incentivos 4, 5 y 6:

  • Particulares
  • Entidades locales y sector público institucional, que no realicen ninguna actividad económica.
  • Personas jurídicas, como entidades u organizaciones del tercer sector, que no realicen ninguna actividad económica.
  • Autónomos.
  • Comunidades de vecinos.
  • Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía. Programa de incentivos 4 y 5
  • Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, que acrediten la puesta en marcha a disposición de colectivos vulnerables de viviendas sociales. Programa de incentivos 6

Beneficiarios de todos los programas:

  • Ayuntamientos
  • Diputaciones provinciales
  • Mancomunidades
  • Cabildos
  • Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público

Actuaciones subvencionables:

Programa de incentivos 1. Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

Programa de incentivos 2. Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

Programa de incentivos 3. Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

Programa de incentivos 4. Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en el sector residencia, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.

Programa de incentivos 5. Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

Programa de incentivos 6. Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Requisitos:

– Dado el carácter incentivador de las ayudas, solo se admitirán actuaciones iniciadas:

  • Con posterioridad al 30 de junio de 2021 para los beneficiarios de los programas 4, 5 y 6.
  • Con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud para los beneficiarios de los programas 1, 2 y 3.

 

Cuantías:

La cuantía subvencionable varía según el tipo de actuación, el beneficiario y la potencia instalada.

Programa de incentivos 1 y 2

Fotovoltaica.

  • Gran empresa: el 15% del coste subvencionable.
  • Mediana empresa: el 25% del coste subvencionable.
  • Pequeña empresa: el 35% o 45% del coste subvencionable según potencia.
  • + Ayuda adicional por eliminación de amianto en cubiertas e instalación de marquesinas.

Eólica:

  • Gran empresa: el 20% o 30% del coste subvencionable según potencia.
  • Mediana empresa: el 30% o 40% del coste subvencionable según potencia.
  • Pequeña empresa: el 65% del coste subvencionable.

Almacenamiento:

  • Gran empresa: el 45% del coste subvencionable.
  • Mediana empresa: el 55% del coste subvencionable
  • Pequeña empresa: el 65% del coste subvencionable.

Programa de incentivos 3

  • Gran empresa: el 45% del coste subvencionable.
  • Mediana empresa: el 55% del coste subvencionable.
  • Pequeña empresa: el 65% del coste subvencionable.

Programa de incentivos 4

Fotovoltaica:

  • Sector residencial: entre 300 y 600 €/kWp según potencia.
  • Administraciones públicas y tercer sector: entre 500 y 750 €/kWp según potencia.
  • + Ayuda adicional por eliminación de amianto en cubiertas e instalación de marquesinas.

Eólica:

  • Sector residencial: entre 650 y 2.900 €/kWp según potencia.
  • Administración pública y tercer sector: entre 1.150 y 4.100 €/kWp según potencia.

Almacenamiento: entre 140 y 490 €/kWp según potencia.

Programa de incentivos 5

Entre 140 y 490 €/kWp según la potencia instalada.

Programa de incentivos 6

Sector residencial:

  • Aerotermia: 500 €/kW con un límite máximo de 3.000 €/vivienda.
  • Solar térmica: entre 450 y 900 €/kW con un límite entre 550 y 1.800 € según potencia.
  • Biomasa: 250 €/kW con un límite máximo 2.500 a 3.000 €/vivienda.
  • Geotermia circuito cerrado: 2.250 €/kW con un límite de 13.500 €/vivienda.
  • Geotermia o hidrotermia circuito abierto: 1.600 €/kW con un límite de 9.000 €.

Viviendas de propiedad pública y tercer sector:

  • Aerotermia: 650 €/kW con un límite de 3.900 €.
  • Solar térmica: entre 650 y 950 €/kW con un límite entre 820 y 1.850 € según potencia.
  • Biomasa: 350 €/kW con un límite de 3.500 o 4.200 €.
  • Geotermia circuito cerrado: 2.250 €/kW con un límite de 13.500 €.
  • Geotermia o hidrotermia circuito abierto: 1.700 €/kW con un límite de 9.550 €.

Ayudas adicionales:

Aumento de la cuantía subvencionable para actuaciones ubicadas en municipios de Reto Demográfico, es decir, municipios de menos de 5.000 habitantes.

  • Programa de incentivos 1 y 2: incremento de un 5%
  • Programa de incentivos 4 y 5: varía según tipología (fotovoltaica o eólica) y la potencia instalada.

Plazos:

Solicitud: plazo abierto hasta el 31 de diciembre de 2023.

Resolución de concesión: en un plazo máximo de 12 meses desde la fecha de presentación de solicitud.

Realización de actuaciones:

  • Programas de incentivos 1, 2 y 3: iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud.
  • Programas de incentivos 4, 5 y 6: iniciadas con posterioridad a la fecha de publicación de las bases reguladoras en el BON.

Justificación: en un plazo de 18 meses desde la fecha de notificación de la concesión de la ayuda.

Procedimiento de concesión:

Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos, en cuyo caso, siempre que no hubiera expirado la vigencia de los programas, podrán seguir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional, que serán atendidas por orden de entrada.

Incompatibilidad:

Las ayudas de los programas de incentivos serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

Enlaces y documentación:

Normativa:

Dónde tramitar las ayudas: en la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja

 

 

 


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