Subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes. Programa Edificios MRR 2023.
Plazo de solicitud: Abierto
Beneficiarios:
- Particulares.
- Comunidades de propietarios.
- Administraciones públicas, organismos y demás entidades de derecho público (entidades locales incluidos).
- Propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil.
- Sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil.
- Empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios.
Actuaciones subvencionables:
Actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial para vivienda, con una antigüedad mínima de 20 años, siempre que se obtenga conjuntamente:
a) Una reducción de al menos un 45% en la certificación energética.
b) Y una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, de al menos:
- Zona climática D y E: un 35 %
- Zona climática C: un 25 %
No serán subvencionables las siguientes actuaciones:
- Las realizadas en edificios de nueva construcción.
- Intervenciones en edificios existentes que conlleven un cambio de uso del edificio.
- Inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.
Requisitos:
- Solo se admitirán actuaciones con posterioridad al 1 de enero de 2022, no considerándose elegible ningún coste relativo a la ejecución de la actuación que haya sido facturado con anterioridad.
- El edificio debe ser existente y tener una antigüedad superior a 20 años.
- Al menos el 50% de la superficie construida sobre rasante debe estar destinado a vivienda, excluida la planta baja o plantas inferiores si tienen otros usos compatibles.
Cuantías:
Ahorro energético conseguido |
Porcentaje máximo | Límite vivienda Municipios >5.000 habitantes | Límite vivienda Municipios <5.000 habitantes |
Límite máximo por locales comerciales u otros usos (por m2) |
Entre un 45% y 65% |
65 % |
9.000 € | 11.000 € |
40 € |
Más de un 65% |
80 % | 10.000 € | 12.500 € |
65 € |
Ayudas adicionales:
- Ayuda amianto. En casos en los que haya que proceder a la retirada de amianto la ayuda base puede incrementarse hasta un máximo de 1.000 € por vivienda o 12.000 € por edificio.
- Ayuda personal. En caso de estar en situación de vulnerabilidad económica.
Plazos:
Solicitud: plazo abierto hasta el 31 de diciembre de 2023.
Resolución de concesión: en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Ejecución de las actuaciones: en un plazo máximo de 26 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.
Justificación: en un plazo de 3 meses desde la finalización del plazo máximo concedido para la ejecución de las actuaciones.
Procedimiento de concesión:
Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación hasta que se agote el presupuesto.
Compatibilidad e incompatibilidad:
Estas ayudas únicamente son compatibles con dos ayudas o subvenciones.
Con las Ayudas a la Rehabilitación Protegida gestionadas por las Oficinas de Rehabilitación de Viviendas y Edificios (ORVE), siempre y cuando las dos solicitudes sean simultáneas, o las ayudas de la ORVE se hayan solicitado con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes bases.
Con el Programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (Viviendas MRR), siempre y cuando no se subvencione el mismo coste ni se hayan solicitado las ayudas del ORVE.
Enlaces y documentación:
Normativa:
- Resolución 901/2022, de 19 de diciembre por la que se aprueba la convocatoria en Navarra (Publicado en el BON el 05/01/2023).
- Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre por al que se aprueban las bases reguladoras (Publicado en el BOE el 06/10/2021).
Dónde tramitar la ayuda: telemáticamente en la página web del Gobierno de Navarra.
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