Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) 2021.

Plazo de solicitud abierto


 

Beneficiarios:

  • Autónomos
  • Particulares
  • Comunidades de propietarios
  • PYME y Gran Empresa
  • Entidades locales

Actuaciones subvencionables:

  • Programa de incentivos 1. Fomento de la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible.
  • Programa de incentivos 2. Apoyo al despliegue de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Requisitos:

  • Adquisición por medio de compra, leasing financiero o arrendamiento por «renting» de vehículos nuevos.
  • Los vehículos deberán pertenecer a algunas de las siguientes categorías: M1, N1, L6e, L7e, L3e, L4e y L5e y tener un máximo de 9 meses de antigüedad (vehículos de demostración).

Cuantías:

Programa de incentivos 1:

La cuantía de la ayuda será de entre 700 € y 9.000 € según el tipo de beneficiario, el vehículo, su motorización, autonomía y si es con o sin achatarramiento.

Ayudas adicionales (no acumulables entre sí):

  • + 10% personas con discapacidad y vehículo adaptado.
  • + 10% empadronados en municipios < 5.000 habitantes.
  • + 10% autónomos con vehículos M1 destinado al uso de taxi.

Programa de incentivos 2:

Sin actividad económica:

  • 70% del coste subvencionable.
  • 80% del coste subvencionable en municipios < 5.000 habitantes.

Con actividad económica:

  • Recarga acceso público P ≥ 50 kW:
    • 35% del coste subvencionable.
    • 45% del coste subvencionable en Mediana empresa.
    • 55% del coste subvencionable en Pequeña empresa.
    • Incremento del 5% en municipios < 5.000 habitantes.
  • Recarga acceso público P < 50 kW:
    • 30% del coste subvencionable.
    • 40% del coste subvencionable en municipios < 5.000 habitantes.

Plazos:

Solicitud: plazo abierto hasta el 31 de diciembre de 2023.

Resolución de concesión: en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Justificación: en el plazo de 12 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.

Procedimiento de concesión:

Las solicitudes se resolverán conforme al orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.

Incompatibilidad:

Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones o ayudas concedidas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

Enlaces y documentación:

Normativa: Resolución de 5 de julio de 2021, por la que se aprueba la convocatoria en el País Vasco.

Dónde tramitar las ayudas: Sede Electrónica del Ente Vasco de la Energía (EVE).

 

 


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