Ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores económicos.

Plazo de solicitud abierto


 

Beneficiarios:

Programa de incentivos 1. Con actividad económica:

  • Autónomos
  • PYME y Gran Empresa
  • Cualquier entidad del sector público institucional de la Administración
  • Organizaciones privadas sin ánimo de lucro
  • Agrupaciones, asociaciones o consorcios

Programa de incentivos 2. Sin actividad económica:

  • Entidades locales
  • Cualquier entidad del sector público institucional de la Administración
  • Organizaciones privadas sin ánimo de lucro
  • Agrupaciones, asociaciones o consorcios

Actuaciones subvencionables:

  • Programa de incentivos 1. Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/u otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial
  • Programa de incentivos 2. Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público.

Relación de actuaciones subvencionables recogidas en el Anexo I, con carácter orientativo y no limitativo:

  • Aplicaciones térmicas para producción de frío/ calor en edificios: agua caliente sanitaria, calefacción, refrigeración o climatización de piscinas.
  • Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en procesos productivos u otras aplicaciones térmicas: ebullición, esterilización, limpieza, secado, lavado, vaporización, etc.
  • Solar térmica.
  • Geotermia y Energía ambiente (aerotermia e hidrotermia).
  • Biomasa.
  • Microrredes de distrito de calor y/o frío.

No son actuaciones subvencionables:

  • Las bombas de calor cuyo cometido sea funcionar como unidad deshumectadora.
  • Los equipos para generación de frío industrial.

Requisitos:

Las empresas con más de 50 empleados en plantilla:

Cuantías:

La cuantía del porcentaje del coste subvencionable será en base a la actuación y el tamaño de la empresa.

Programa de incentivos 1:

  • Gran Empresa: 35 %
  • Mediana Empresa: 40 %
  • Pequeña empresa: 45 %

Programa de incentivos 2: ayuda base de 70% del coste subvencionable para todas las actuaciones.

+ Ayuda adicional de un 5% en actuaciones que se lleven a cabo en municipios de Reto Demográfico (los municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes).

Plazos:

Solicitud: plazo abierto hasta el 31 de julio de 2024.

Resolución de concesión: en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Presentación de obligación de transparencia: en el plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión (las personas jurídicas privadas).

Ejecución de los proyectos:

  • Programa 1. Dado el carácter incentivador, solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud.
  • Programa 2. Se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad al 22 de diciembre de 2021.

Justificación: en un plazo de 18 meses desde la notificación de la resolución de concesión.

Vigencia: hasta el 31 de diciembre de 2023.

Procedimiento de concesión:

Las ayudas se concederán en régimen de evaluación individualizada de manera que serán atendidas por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.

Compatibilidad:

Estas ayudas sí son compatibles son cualquier otra ayuda de otros programas de cualesquiera administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, particularmente de la Unión Europea, en tanto que dicha ayuda no cubra los mismos costes y que, de forma acumulada, no superen los costes subvencionables.

 

Enlaces y documentación:

Normativa: Resolución 167E/2022, de 27 de septiembre por la que se aprueba la convocatoria en Navarra.

Dónde tramitar la ayuda: Portal de Ayudas y Subvenciones del Gobierno de Navarra

Preguntas frecuentes

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