Ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias.

Plazo de solicitud abierto


 

Beneficiarios:

Actuación 1. Titulares de explotaciones agrícolas con instalaciones de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento sea necesario actualmente el consumo de energía eléctrica.

Actuación 2. Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública, titulares de una explotación agropecuaria y cualquier organización o asociación de producción agrícola.

Actuaciones subvencionables:

Actuación 1. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío. Renovación de sus equipos de bombeo que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono.

Las actuaciones podrán ser, con carácter orientativo y no limitativo:

  • Sustitución de grupos de bombeo por otros más eficientes energéticamente.
  • Implantación de variadores de frecuencia y arrancadores estáticos.
  • Implantación o modernización de sistemas de regulación, control y monitorización de la red de riego que contribuyen de forma directa al ahorro de energía.
  • Instalación o sustitución de baterías de condensadores para mejorar la eficiencia energética de las instalaciones eléctricas de las estaciones de bombeo.

Actuación 2. Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias. Reforma de las explotaciones e instalaciones consumidoras de energía térmica, eléctrica y de proceso propias de las explotaciones agropecuarias que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono.

Las actuaciones podrán ser, con carácter orientativo y no limitativo:

  • Actuaciones en la envolvente térmica que reduzca la demanda de calefacción y refrigeración de los edificios agropecuarios.
  • En las instalaciones térmicas de calefacción, refrigeración, ventilación y ACS.
  • Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación, distribución, regulación y control y elementos terminales de las instalaciones térmicas.
  • Reforma o sustitución de instalaciones de iluminación interior y alumbrado exterior.
  • Renovación de motores para accionamientos mecánicos y otros servicios propios de estas actividades.

Requisitos:

– Se deberá de conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final de un 10% con respecto a su situación de partida.

– No serán elegibles aquellas actuaciones que contribuyan al incremento en el consumo de agua o de la superficie regable.

– Los límites mínimo y máximo de los costes elegibles de las actuaciones deberán estar comprendidos entre una cuantía mínima de 2.000 € y una máxima de 75.000 €.

Cuantías:

El porcentaje máximo de las ayudas en ambas líneas de actuación será del 30% del coste elegible.

Plazos:

Solicitud: plazo abierto hasta el 31 de diciembre de 2023.

Resolución de concesión: en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de recepción de la solicitud.

Realización actuaciones: en un plazo máximo de 12 meses desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión.

Las actuaciones deberán iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud.

Justificación: en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo máximo concedido para la ejecución de las actuaciones.

Procedimiento de concesión:

Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta que se agote el presupuesto. En este caso, y siempre que no hubiera expirado la vigencia del programa, podrán seguir registrándose solicitudes en lista de espera que serán atendidas por orden de entrada.

Compatibilidad:

Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

Enlaces y documentación:

Normativa:

Dónde tramitar las ayudas: telemáticamente en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja.

 

 


Nasei Ingeniería no se responsabiliza de las decisiones tomadas a partir de la información suministrada en esta página ni de los daños y perjuicios producidos con motivo de actuaciones que tengan como único fundamento la información obtenida en el documento. Se recomienda siempre leer los textos oficiales publicados por la Administración correspondiente.

 

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