Ordenanza municipal reguladora de las ayudas a la rehabilitación en Noáin (Valle de Elorz)

Plazo de solicitud abierto


 

Beneficiarios:

Ayudas dirigidas a personas en situación de vulnerabilidad económica.

Toda persona titular o usufructuaria, empadronada en la vivienda con una antigüedad mínima de 3 meses, que resida de forma habitual en dicha vivienda durante al menos 3 años desde la fecha de finalización de la actuación y que no supere el índice de referencia SARA.

La solicitud deberá ser presentada por:

  • Comunidades de propietarios.
  • Agrupaciones de Vivienda.
  • Cooperativas integradas en un Proyecto de Intervención Global.

Actuaciones subvencionables:

Actuaciones de rehabilitación en edificios de viviendas colectivas  en las que se lleven a cabo algunas de las siguientes obras:

a) Mejora de la envolvente térmica del edificio. Actuaciones en fachada, cubierta, plantas bajas no protegidas, carpintería, cerramientos o acristalamientos, etc. que reduzcan la demanda energética.

b) Instalación o renovación de sistemas centralizados. De calefacción, refrigeración, producción de ACS, ventilación o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes.

c) Instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables.  Fotovoltaica, biomasa, aerotermia o geotermia.

d) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes del edificio. Sustitución de luminarias, instalaciones de sistemas de control de encendido y regulación del nivel de iluminación y aprovechamiento de la luz natural.

e) Mejora de las instalaciones de suministro e instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua. Instalación de redes de saneamiento separativas, sistemas que favorezcan la reutilización de las aguas grises y pluviales o la reducción del volumen de vertido al alcantarillado.

f) Accesibilidad universal y supresión de barreras arquitectónicas. Siempre que se incluyan en un proyecto de mejora de la envolvente térmica o se lleven a cabo en edificios que lo hayan ejecutado con anterioridad.

Requisitos:

  • El edificio debe tener una antigüedad mínima de 25 años.
  • El edificio no se debe encontrar en situación de fuera de ordenación.
  • Pueden presentarse proyectos iniciados desde el 1 de enero de 2021.

Cuantías:

La cuantía de la ayuda será el 6% del coste total subvencionable.

Procedimiento de concesión:

Las ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, entendiendo por tal el procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes.

Compatibilidad:

Estas ayudas municipales son compatibles y complementan a las subvenciones del Gobierno de Navarra y con cualesquiera otras que concurran en el expediente para el mismo fin.

 

Enlaces y documentación:

Normativa:

  • Ordenanza 47, por la que se aprueba la convocatoria en el municipio (Publicado en el BON el 16/03/2023)

Dónde tramitar la ayuda: telemáticamente e través de la web municipal del Ayuntamiento de Noáin o presencialmente en las dependencias municipales.

 

 


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