Subvenciones para la rehabilitación y mejora de edificios residenciales de Bilbao para el año 2023.
Plazo de solicitud abierto
El objeto de estas ayudas es promover la rehabilitación y mejora principalmente de los edificios residenciales, así como su accesibilidad y eficiencia energética.
Beneficiarios:
Los beneficiarios, en función de la Línea de protección, son los siguientes:
- Particulares (Líneas 0, 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7)
- Comunidades de propietarios (Líneas 0 y 7)
- Locales de negocio (Líneas 1, 2 y 3)
- Personas jurídicas (Líneas 4, 5 y 7)
Actuaciones subvencionables:
Línea 0. Ayuda directa por obra protegida. Rehabilitación de elementos comunes o elementos de la envolvente térmica del edificio.
Línea 1. Familias en situación de vulnerabilidad económica. Realización de obras importantes o pequeñas pero inaplazables.
Línea 2. Seguridad y adecuación estructural-constructiva.
- Obras de comunidad: adecuación estructural, de seguridad en la envolvente, daños generalizados, instalaciones en mal estado, las ordenadas según la normativa vigente o de accesibilidad.
- Obras en vivienda: aquellas que mejoren las condiciones mínimas de habitabilidad.
Línea 3. Accesibilidad. Intervenciones en edificios o viviendas que promuevan la accesibilidad, instalación o renovación de ascensor, supresión de barreras arquitectónicas, etc.
Línea 4. Proyectos especiales
- Implementación de medidas de eficiencia energética.
- Proyectos acometidos con otros portales o edificios.
- Puesta en valor de elementos a preservar o proteger.
- Retirada de amianto.
Línea 5. Imagen urbana en locales comerciales en planta baja. Intervenciones en locales comerciales en planta baja, de mejora, adecuación y/o modernización de las fachadas, escaparates y accesos.
Línea 6. Cohesión social. Costes de personas y familias con dificultades económicas en obras de rehabilitación de elementos comunes del edificio en que residan.
Línea 7. Actuaciones de renaturalización de espacios en desuso. Obras y/o intervenciones en edificios y/o en espacios urbanos privados en situación de desuso o degradación, para su reutilización y transformación «verde» con un destino de uso más amplio que el particular, de forma que se aprovechen los recursos naturales adaptándose al cambio climático.
Requisitos:
La presentación de la solicitud debe hacerse antes del inicio de las obras.
Cuantías:
El porcentaje subvencionable varía según la línea de actuación:
Línea 0: El 10% del coste subvencionable con un límite de 25.000 €. En actuaciones de accesibilidad el límite será de 35.000 €.
Línea 1
- Vivienda: el 50% del coste subvencionable con un límite de 1.500 €.
- Edificios: el 15% del coste subvencionable con un límite de 45.000 €.
Línea 2
- Elementos comunes: entre un 20% y un 35% del coste subvencionable con un límite de 40.000 €
- Vivienda: hasta un 10% con un límite de 9.000 €.
Línea 3
- Elementos comunes: entre un 20% y un 35% del coste subvencionable con un límite de 40.000 €.
- Vivienda: hasta un 10% del coste subvencionable con un límite de 9.000 €.
Línea 4
- Elementos comunes: el 10% del coste subvencionable con un límite de 45.000 €.
- Vivienda: el 10% del coste subvencionable con un límite de 9.000 €.
Línea 5: el 40% del coste subvencionable con un límite de 5.000 €.
Línea 6: el 100% del coste subvencionable.
Línea 7: el 50% del coste subvencionable con un límite de 15.000 €.
Plazos:
Solicitud: plazo abierto durante la vigencia de las bases reguladoras.
Procedimiento de concesión:
Las subvenciones se adjuntarán en régimen de concurrencia competitiva simple, hasta el agotamiento del crédito presupuestario, siguiendo el orden de presentación de las solicitudes.
Compatibilidad:
Todas las líneas son compatibles entre sí, salvo las líneas 2 y 3, cuyos presupuestos individualizados no podrán sumar más del presupuesto protegible total del expediente de ayudas.
Las ayudas son compatibles con las reguladas por otras entidades, siempre y cuando el total de las ayudas percibidas no superen el 100% del presupuesto protegible.
Enlaces y documentación:
Normativa:
- Bases reguladoras, publicado en el BOB el 21/02/2023.
- Convocatoria, por la que se aprueban las bases reguladoras (Publicado en el BOB el 06/03/2023.
Dónde tramitar las ayudas: telemáticamente o presencialmente en las oficinas de Surbisa en Bilbao, calle Ronda 6.
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