Subvenciones para la rehabilitación y mejora de edificios residenciales de Bilbao para el año 2023.

Plazo de solicitud abierto


 

El objeto de estas ayudas es promover la rehabilitación y mejora principalmente de los edificios residenciales, así como su accesibilidad y eficiencia energética.

Beneficiarios:

Los beneficiarios, en función de la Línea de protección, son los siguientes:

  • Particulares (Líneas 0, 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7)
  • Comunidades de propietarios (Líneas 0 y 7)
  • Locales de negocio (Líneas 1, 2 y 3)
  • Personas jurídicas (Líneas 4, 5 y 7)

Actuaciones subvencionables:

Línea 0. Ayuda directa por obra protegida. Rehabilitación de elementos comunes o elementos de la envolvente térmica del edificio.

Línea 1. Familias en situación de vulnerabilidad económica. Realización de obras importantes o pequeñas pero inaplazables.

Línea 2. Seguridad y adecuación estructural-constructiva.

  • Obras de comunidad: adecuación estructural, de seguridad en la envolvente, daños generalizados, instalaciones en mal estado, las ordenadas según la normativa vigente o de accesibilidad.
  • Obras en vivienda: aquellas que mejoren las condiciones mínimas de habitabilidad.

Línea 3. Accesibilidad. Intervenciones en edificios o viviendas que promuevan la accesibilidad, instalación o renovación de ascensor, supresión de barreras arquitectónicas, etc.

Línea 4. Proyectos especiales

  • Implementación de medidas de eficiencia energética.
  • Proyectos acometidos con otros portales o edificios.
  • Puesta en valor de elementos a preservar o proteger.
  • Retirada de amianto.

Línea 5. Imagen urbana en locales comerciales en planta baja. Intervenciones en locales comerciales en planta baja, de mejora, adecuación y/o modernización de las fachadas, escaparates y accesos.

Línea 6. Cohesión social. Costes de personas y familias con dificultades económicas en obras de rehabilitación de elementos comunes del edificio en que residan.

Línea 7. Actuaciones de renaturalización de espacios en desuso. Obras y/o intervenciones en edificios y/o en espacios urbanos privados en situación de desuso o degradación, para su reutilización y transformación «verde» con un destino de uso más amplio que el particular, de forma que se aprovechen los recursos naturales adaptándose al cambio climático.

Requisitos:

La presentación de la solicitud debe hacerse antes del inicio de las obras.

Cuantías:

El porcentaje subvencionable varía según la línea de actuación:

Línea 0: El 10% del coste subvencionable con un límite de 25.000 €. En actuaciones de accesibilidad el límite será de 35.000 €.

Línea 1

  • Vivienda: el 50% del coste subvencionable con un límite de 1.500 €.
  • Edificios: el 15% del coste subvencionable con un límite de 45.000 €.

Línea 2

  • Elementos comunes: entre un 20% y un 35% del coste subvencionable con un límite de 40.000 €
  • Vivienda: hasta un 10% con un límite de 9.000 €.

Línea 3

  • Elementos comunes: entre un 20% y un 35% del coste subvencionable con un límite de 40.000 €.
  • Vivienda: hasta un 10% del coste subvencionable con un límite de 9.000 €.

Línea 4

  • Elementos comunes: el 10% del coste subvencionable con un límite de 45.000 €.
  • Vivienda: el 10% del coste subvencionable con un límite de 9.000 €.

Línea 5: el 40% del coste subvencionable con un límite de 5.000 €.

Línea 6: el 100% del coste subvencionable.

Línea 7: el 50% del coste subvencionable con un límite de 15.000 €.

Plazos:

Solicitud: plazo abierto durante la vigencia de las bases reguladoras (hasta el 13 de noviembre de 2023)

Procedimiento de concesión:

Las subvenciones se adjuntarán en régimen de concurrencia competitiva simple, hasta el agotamiento del crédito presupuestario, siguiendo el orden de presentación de las solicitudes.

Compatibilidad:

Todas las líneas son compatibles entre sí, salvo las líneas 2 y 3, cuyos presupuestos individualizados no podrán sumar más del presupuesto protegible total del expediente de ayudas.

Las ayudas son compatibles con las reguladas por otras entidades, siempre y cuando el total de las ayudas percibidas no superen el 100% del presupuesto protegible.

Enlaces y documentación:

Normativa:

  • Bases reguladoras, publicado en el BOB el 21/02/2023.
  • Convocatoria, por la que se aprueban las bases reguladoras (Publicado en el BOB el 06/03/2023.

Dónde tramitar las ayudas: telemáticamente o presencialmente en las oficinas de Surbisa en Bilbao, calle Ronda 6.

 


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