Ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios residenciales en el casco medieval de la ciudad de Vitoria-Gasteiz.

Plazo de solicitud abierto


 

Beneficiarios:

El ámbito de aplicación es el vigente plan especial de rehabilitación integrado del casco medieval de Vitoria-Gasteiz, ampliado en las siguientes calles colindantes.

  • Calle Siervas de Jesús, números impares, del 1 al 25.
  • Calle San Francisco, número pares.
  • Calle Nueva Fuera, número pares y Cantón de Santa María, 2 Bis, 4 y 19.
  • Calle Bueno Monreal, número pares: calle Cubo, número pares.
  • Calle Torno y calle Colegio San Prudencio 4 y 6.
  • Calle Abrevadero.
  • Calle San Ignacio número impares, plaza Bilbao 1 y 5, portal de Arriaga 10 y 12.

Actuaciones subvencionables:

  1. Instalación de ascensores en edificios que carecieran de ella o cambios de ascensor siempre que para el incremento del espacio de la cabina se requiera la realización de obras estructurales sustanciales.
  2. Obras de mejora de la envolvente energética de los edificios construidos antes de la entrada en vigor de la Normativa Básica de Edificación, Condiciones Térmicas del año 1979.
  3. Obras de consolidación estructural de edificios recogidas en las Inspección Técnica de Edificios, ITE de grado 1, 2 y 3 que eviten patologías  graves  y su ruina.
  4. Obras de consolidación al mantenimiento del interés histórico, artístico o ambiental de edificios catalogados, entendiéndose como tal las unidades de obra de tipo restaurador y conservación en las que el grado de protección de los edificios  o por el valor  de sus elementos  arquitectónicos, constructivos o decorativos, se utilice mano de obra especializada en restauración o técnicas y materiales tradicionales.

Requisitos:

  • Deben ser viviendas y edificios residenciales.
  • En las obras que afecten a elementos comunes de los edificios deberán realizar la Inspección Técnica del Edificio, ITE, con anterioridad a las formalización de la petición de la ayuda, independientemente de la antigüedad del edificio.
  • El presupuesto de las obras debe ser superior a 3.000 € para elementos comunes y 1.000 € para elementos privados.

Cuantías:

Las ayudas a la rehabilitación se otorgarán a cada solicitante en función del tramo de renta que les corresponda y del tipo de obra a acometer.

Se establecen los siguientes tramos de renta  ponderados en función de la situación familiar:

  • Tramo 1. Unidades convivenciales cuyo nivel de ingresos ponderados es inferior a 15.000 €.
  • Tramo 2. Unidades convivenciales cuyo nivel de ingresos ponderados esté comprendido entre 15.000,01 € y 25.000 €.
  • Tramo 3. Unidades convivenciales cuyo nivel de ingresos ponderados esté comprendido entre 25.000,01 € y 39.000 €.

Bonificaciones:

  • 20% En las instalaciones de ascensores.
  • 15% Obras de mejora energética de la envolvente térmica.
  • 30% Obras de consolidación estructural.

Plazos:

Solicitud: plazo abierto hasta el 31 de diciembre de 2025.

Resolución de concesión: en un plazo máximo de 4 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Justificación: plazo de 1 mes desde la fecha de finalización de las obras.

Procedimiento de concesión:

El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos .

Compatibilidad:

Las ayudas previstas en la presente convocatoria serán compatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones públicas o privadas que pudieran concederse para la misma finalidad, con la única limitación de que su conjunto no podrá superar, en función del tramo:

  • Tramo 1: 100% del coste de las actuaciones de subvencionables.
  • Tramo 2: 90% del coste de las actuaciones subvencionables.
  • Tramo 3: 80% del coste de las actuaciones subvencionables.

 

Enlaces y documentación:

Normativa: BOTHA Num. 122, de 26/10/2022

Dónde tramitar la ayuda: Sede electrónica de Vitoria-Gasteiz

 

 

 


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